Extintores
Mantenimiento de extintores: revisión mensual y anual
El mantenimiento de extintores combina una revisión mensual a cargo del responsable del inmueble con un servicio periódico realizado por un prestador. Esta guía explica las diferencias, los registros y las evidencias útiles para un negocio en Mérida o Yucatán.
- NOM-002-STPS-2010
- NOM-154-SCFI-2005
- Revisado el 11 de octubre de 2026
El mantenimiento de extintores no se reduce a mirar una etiqueta. La NOM-002 distingue la revisión mensual que controla ubicación, acceso, presión y daños visibles del servicio que debe proporcionarse por lo menos una vez al año. Para un negocio en Mérida, ambos controles sostienen la disponibilidad de los extintores y sus registros.
La NOM-154 regula el servicio de mantenimiento y recarga que presta un proveedor: revisión interna, identificación del equipo y orden de servicio. Conservar esos documentos ayuda a organizar el inventario y atender una visita de Protección Civil. Si el equipo se descargó o el servicio determina reemplazar el agente, la recarga de extintores se integra al proceso en Yucatán.
El mantenimiento de extintores reúne dos controles distintos: la revisión mensual que hace el responsable del inmueble y el servicio periódico de un prestador. Separarlos evita tratar una visita visual como si fuera una revisión interna del cilindro o asumir que la fecha de una etiqueta reemplaza el registro mensual.
Mantenimiento de extintores: dos actividades diferentes
La NOM-002-STPS-2010 exige elaborar un programa anual de revisión mensual. El mantenimiento de extintores comienza con esta actividad: confirmar que cada equipo continúe en su ubicación, sea visible y accesible, esté señalizado, conserve su seguro, muestre la condición aplicable de presión y no presente daños físicos evidentes.
El mantenimiento de extintores, en cambio, es una revisión completa interna y externa que puede incluir pruebas, reparaciones, sustitución de partes y recarga del agente. La NOM-154-SCFI-2005 regula a las personas físicas y morales que prestan ese servicio, mientras que la NOM-002 fija que debe proporcionarse al menos una vez por año.
| Actividad | Quién la realiza | Qué revisa o registra | Referencia principal |
|---|---|---|---|
| Revisión mensual | Responsable del inmueble | Ubicación, acceso, señal, sello, condición visible, presión aplicable y anomalías | NOM-002, 7.2 y 7.3 |
| Mantenimiento | Prestador de servicio | Revisión interna y externa, partes, pruebas y acciones que correspondan | NOM-154, 4.5 y 5.6 |
| Recarga | Prestador de servicio | Reemplazo total del agente después de uso o si resulta del mantenimiento | NOM-002, 7.19; NOM-154, 4.10 |
| Identificación y orden | Prestador de servicio | Etiqueta, collarín cuando aplique y orden de servicio foliada | NOM-154, 7.1 a 7.3 |
Qué comprende la revisión mensual
La revisión empieza por el lugar asignado en el plano: el extintor debe estar visible, de fácil acceso y libre de obstáculos. También debe conservar señalización, porque un equipo detrás de mercancía o mobiliario pierde disponibilidad aunque tenga mantenimiento vigente.
Observe el fleje o sello, la condición de la presión cuando existe manómetro, la capacidad nominal en equipos de CO₂ y el estado de los cartuchos de polvo químico seco que los utilicen. Verifique además ruedas de los equipos móviles, cilindro, manguera, boquilla, palanca y la legibilidad de etiquetas, placas o grabados.
Si encuentra corrosión, fuga de presión, obstrucción, golpe, deformación o daño en el accionamiento, registre la anomalía y gestione su atención. Un extintor con daño que afecte su operación o no pueda repararse debe quedar fuera de servicio y sustituirse por otro de las mismas características.
Registro: la evidencia que deja cada revisión
El registro mensual debe incluir fecha, nombre o identificación de quien hizo la revisión, resultados, anomalías identificadas y seguimiento de esas anomalías. Un formato útil relaciona cada renglón con la ubicación, el tipo de agente, la capacidad y el número o identificación del equipo para no confundir cilindros iguales.
El registro no se llena de memoria al final del año. Anotar la condición al recorrer cada área permite comprobar qué cambio se detectó, cuándo se atendió y si el equipo sustituto quedó colocado durante un servicio o reparación.
Consulte Partes de un extintor y cómo revisarlas cada mes para organizar la inspección física. La persona responsable no necesita desmontar el equipo: debe identificar y escalar las condiciones visibles que requieren atención del prestador.
Qué hace el prestador durante el servicio
El mantenimiento requiere descargar o vaciar el agente y revisar internamente el cilindro y las partes desensambladas. El prestador trabaja con el procedimiento correspondiente a la categoría del extintor, usa partes y agentes aplicables y no debe realizar adaptaciones a sus componentes.
Al retirar un equipo para mantenimiento, la NOM-002 pide reemplazarlo en la misma ubicación por otro cuando menos del mismo tipo y capacidad. Esta sustitución conserva la protección del área mientras el cilindro recibe servicio y evita que el inventario se vea completo solo en papel.
El prestador debe documentar el servicio en una orden foliada con fecha, nombre del cliente, tipo y capacidad de los extintores, y conservar la documentación demostrativa durante al menos dos años. Sus trabajadores deben estar capacitados en los procedimientos de mantenimiento o recarga establecidos por la NOM-154.
Etiqueta, collarín y orden de servicio
Después del servicio, la etiqueta frontal identifica al prestador, sus datos fiscales, instrucciones de operación, clases de fuego, contenido neto, tipo de agente y la fecha perforada de mes y año. También lleva la contraseña oficial de cumplimiento y el número del dictamen de cumplimiento indicados por la NOM-154.
El collarín solo aplica a extintores de polvo químico seco de presión contenida con manómetro. Debe llevar la razón social del prestador, contraseña oficial, mes y año de servicio y holograma de la unidad de verificación; no corresponde a equipos de gases extinguidores.
Conserve la orden de servicio junto con el inventario y el registro mensual. La combinación permite saber qué equipo se revisó internamente, qué acciones se realizaron y qué condiciones se detectaron después durante los recorridos del inmueble.
Recarga y caducidad en pocas palabras
La recarga es el reemplazo total del agente por uno nuevo. El mantenimiento de extintores puede requerirla y la NOM-002 pide proporcionarla después de usar el equipo; por eso no debe confundirse con una fecha de vencimiento automática para cualquier cilindro.
El mantenimiento anual y la revisión mensual siguen siendo necesarios aunque el extintor no se haya descargado. Para el detalle de la etiqueta, la prueba hidrostática y la condición del cilindro, consulte ¿Los extintores caducan? Recarga y vida útil.
Qué puede revisar la autoridad en Mérida y Yucatán
La Coordinación municipal de Protección Civil de Mérida puede inspeccionar instalaciones para verificar el cumplimiento del Reglamento y demás disposiciones legales aplicables, y puede clausurar cuando una actividad o instalación no cuenta con medidas de seguridad acordes a su riesgo. Por ello, el inventario físico debe coincidir con los registros y los documentos de servicio disponibles.
Para establecimientos industriales y mercantiles considerados de bajo riesgo, el artículo 42-37 del Reglamento de Mérida menciona dos extintores ABC de 4.5 o 6 kg, vigencia de mantenimiento y capacitación al personal para utilizarlos. En el ámbito estatal, ciertos inmuebles sujetos al dictamen de inspección de seguridad humana contra incendios deben presentar, entre otros documentos, recibo vigente de recarga o póliza del extintor cuando les corresponda.
La autoridad evalúa cada inmueble conforme a su riesgo y sus disposiciones aplicables. Mantenga localizables el plano o inventario, los registros mensuales, las órdenes de servicio y la identificación de cada equipo para responder con información congruente.
Preparar una solicitud de servicio
Antes de solicitar recarga y mantenimiento de extintores, reúna cantidad, tipo de agente, capacidad, ubicación, fecha visible de último servicio y anomalías detectadas. Indique también si hubo descarga, si un equipo fue golpeado o si se necesita sustitución temporal durante el retiro.
Revise que el agente siga siendo apropiado para los riesgos del área; una visita de mantenimiento no sustituye la selección inicial. Puede comparar Extintores y extintores de CO₂ antes de cambiar el tipo de equipo, siempre con base en las clases de fuego posibles en el inmueble.
La referencia técnica estadounidense para extintores portátiles se resume en la ficha de NFPA 10; sirve como consulta complementaria al numeral 7 de la NOM-002.
Autor: Redacción BOMBEROYUC
Revisor: [Pendiente de validar con BOMBEROYUC]
Publicado: 11 de octubre de 2026. Revisado: 11 de octubre de 2026. Siguiente revisión: 11 de abril de 2027.
Normatividad
Normas relacionadas
Obligatoria en México
| Norma | Qué regula | Estatus | Fecha | Fuente |
|---|---|---|---|---|
| NOM-002-STPS-2010 | Condiciones de seguridad — Prevención y protección contra incendios en los centros de trabajo | En revisión | Publicación: 9 de diciembre de 2010 | Texto de la NOMSuplemento PNIC 2026 (DOF 26/08/2026) |
| NOM-154-SCFI-2005 | Equipos contra incendio — Extintores — Servicio de mantenimiento y recarga | Vigente | Última reforma: 12 de julio de 2010 | PlatiicaTexto modificado |
| RPC-MID | Reglamento de Protección Civil del Municipio de Mérida | Vigente | Última reforma: 7 de mayo de 2018 | Reglamento de Protección Civil del Municipio de Mérida, última reforma impresa 7 de mayo de 2018 |
| LPC-YUC | Ley de Protección Civil del Estado de Yucatán | Vigente | Última reforma: 15 de marzo de 2024 | Ley de Protección Civil del Estado de Yucatán, última reforma impresa 15 de marzo de 2024 |
Preguntas frecuentes
Información relacionada
¿Cada cuándo se da mantenimiento a un extintor?
La NOM-002-STPS-2010, numeral 7.18, indica que el mantenimiento se proporciona al menos una vez por año. La NOM-154 regula cómo realiza ese servicio el prestador.
¿Quién hace la revisión mensual del extintor?
El responsable del inmueble debe contar con un programa anual de revisión mensual y su registro. El numeral 7.3 de la NOM-002 pide fecha, identificación de quien revisó, resultados, anomalías y seguimiento.
¿Qué debe entregar el prestador de servicio?
La NOM-154 prevé una orden de servicio foliada con fecha, nombre del cliente, tipo y capacidad de los extintores. Tras el servicio, el equipo lleva la etiqueta prevista en el numeral 7.1 y collarín cuando aplique.
¿La recarga siempre se hace cada año?
La NOM-002 indica recarga después de usar el extintor y, cuando corresponda, como resultado del mantenimiento. La periodicidad anual se refiere al mantenimiento, no a una recarga automática por fecha.
¿Qué se debe conservar para una inspección?
Conserve el inventario, registros de revisión mensual y órdenes de servicio. Para ciertos inmuebles de Yucatán, el Reglamento estatal menciona documentos como recibo vigente de recarga o póliza del extintor dentro del dictamen de inspección aplicable.
Cotización por escrito
Consultar recarga de extintores
Comparta las condiciones del inmueble para preparar una propuesta por escrito.